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Tipos impositivos de IVA

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Tipos impositivos de IVA

adro de tipos de IVA actualizado por la AEAT tras la Ley 11/2020, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.

Tipos impositivos de IVAHasta el 31-8-2012Desde el 1-9-2012
TIPO GENERAL (artículo 90.Uno Ley 37/1992)18%21%
TIPOS REDUCIDOS (artículo 91.Uno Ley 37/1992)
Entregas, Adquisiciones intracomunitarias o Importaciones de bienes (1)
1º. Sustancias o productos utilizados habitual e idóneamente para la nutrición humana o animal

Se excluyen:

– Tabaco, bebidas alcohólicas

– Bebidas refrescantes, zumos y gaseosas con azúcares o edulcorantes añadidos

8%

18%

10%

21%

10%/21% (2)

2.º Animales, vegetales y demás productos destinados a la obtención de productos para la nutrición humana o animal, incluidos los animales reproductores y los destinados a su engorde antes de ser utilizados en el consumo humano o animal8%10%
3.º Bienes utilizados en la realización de actividades agrícolas, forestales o ganaderas: semillas, fertilizantes, residuos orgánicos, correctores y enmiendas, herbicidas, plaguicidas, plásticos para cultivos y las bolsas de papel para la protección de las frutas antes de la recolección8%10%
4.º Aguas aptas para la alimentación humana o animal o para el riego, incluso en estado sólido8%10%
5.º Medicamentos para uso animal

Sustancias medicinales y principios activos utilizadas en su obtención

8%

8%

10%

10%/21% (3)

6.º Productos farmacéuticos de uso directo por consumidor final (guatas, gasas, vendas…), compresas, tampones, protegeslips, preservativos y otros anticonceptivos no medicinales8%10%
Equipos médicos, aparatos y demás instrumental que por sus características objetivas estén diseñados para uso personal y exclusivo de personas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales (Anexo VIII LIVA). Se incluyen las gafas graduadas, lentillas y productos para su cuidado.8%10% (4)
Material sanitario para combatir el Covid-19 entregado a entidades de Derecho público, clínicas o centros hospitalarios o entidades privadas de carácter social8%10%/21% (3) / 0% (5)
Mascarillas quirúrgicas desechables entregadas a otros destinatarios (incluye, entre otros, a los particulares)8%10%/21% (3) / 4% (6)
Productos sanitarios para diagnóstico in vitro de la COVID 19 conformes con la normativa comunitaria, vacunas contra la COVID 19 autorizadas por la CE0% (7)
Resto de equipos médicos, aparatos, productos sanitarios y demás instrumental8%10%/21% (3)
Equipos médicos, aparatos y demás instrumental usado para suplir deficiencias físicas de los animales o con fines de prevención, diagnóstico o tratamiento de enfermedades de los animales8%10%/21% (3)
– Cosméticos y productos de higiene personal (excepto compresas, tampones, protegeslips, y preservativos)

– Accesorios, recambios y piezas de repuesto de equipos médicos, aparatos y demás instrumental

18%

18%

21%

21%

7.º Viviendas, garajes (máximo 2 unidades), y anexos que se transmitan conjuntamente con la vivienda (cuando no es aplicable la exención del IVA como en el caso de las entregas realizadas por el promotor)4%4%/10% (8)
Se excluyen:

– Locales de negocio

– Edificaciones destinadas a su demolición

18%

18%

21%

21%

8.º Semillas, bulbos, esquejes y otros productos de origen vegetal utilizados en la obtención de flores y plantas vivas

Flores y plantas vivas de carácter ornamental. Se incluyen las flores y coronas entregadas por empresas funerarias y cementerios

8%

8%

10%

21%/10% (9)

9.º Entregas de bienes relacionadas con su actividad por empresas funerarias8%21%
10.º Importaciones de objetos de arte, antigüedades y objetos de colección8%21%/10% (10)
11.º Entregas y adquisiciones intracomunitarias de objetos de arte cuyo proveedor sea el autor o derechohabientes o empresarios no revendedores con derecho a deducir8%21%/10% (10)
Prestaciones de servicios
1.º Transportes de viajeros y sus equipajes8%10%
2.º Servicios de hostelería, acampamento y balneario, los de restaurantes y, el suministro de comidas y bebidas para consumir en el acto, incluso si se confeccionan previo encargo del destinatario8%10%
Servicios mixtos de hostelería, espectáculos, discotecas, salas de fiesta, barbacoas u otros análogos8%21%/10% (11)
3º. Servicios efectuados a favor de titulares de explotaciones agrícolas, forestales o ganaderas8%10%
Se excluyen:

– Las cesiones de uso o disfrute y el arrendamiento de bienes

18%21%
Servicios de las cooperativas agrarias a sus socios como consecuencia de su actividad cooperativizada y en cumplimiento de su objeto social, incluida la utilización por los socios de la maquinaria en común8%10%
4º. Servicios prestados por intérpretes, artistas, directores y técnicos, personas físicas, a productores de cine y organizadores de teatro8%21%/10% (12)
5º. Servicios de limpieza de vías públicas, parques y jardines públicos8%10%
6º. Servicios de recogida, almacenamiento, transporte, valorización o eliminación de residuos, limpieza de alcantarillados públicos y desratización y la recogida o tratamiento de aguas residuales8%10%
7º. La entrada a teatros, conciertos; circos, festejos taurinos y demás espectáculos culturales en vivo8%21%/10% (11)
La entrada a salas cinematrográficas8%21%/10% (13)
La entrada a zoológicos, exposiciones, parques de atracciones y atracciones de feria8%21%
Las corridas de toros18%21%/10% (11)
8º. La entrada a bibliotecas, archivos, centros de documentación, museos, galerías de arte, pinacotecas8%10%
9º. Servicios prestados a personas físicas que practiquen el deporte, relacionados con dichas prácticas y que no estén exentos8%21%
10º. Servicios de asistencia social no exentos (art. 20.Uno.8º) o gravados al tipo impositivo del 4%8%10%
11º. Servicios funerarios efectuados por las empresas funerarias y cementerios (no incluye la entrega de flores y coronas)8%21%
12º. Asistencia sanitaria, dental y curas termales que no gocen de exención8%21%
13º. Espectáculos deportivos de carácter aficionado8%10%
14º. Exposiciones y ferias de carácter comercial8%10%
15º. Servicios de peluquería8%21%
16º. Suministro y recepción de servicios de radiodifusión y televisión digital8%21%
17º. Los arrendamientos financieros con opción de compra de viviendas, incluidas un máximo de 2 plazas de garaje, y anexos en ellos situados que se arrienden conjuntamente (cuando no es aplicable la exención del IVA)8%10%
18º. La cesión de los derechos de aprovechamiento por turno de edificios, cuando el inmueble tenga, al menos, diez alojamientos8%10%
19º. Las ejecuciones de obra de renovación y reparación realizadas en viviendas, cuando se cumplan los siguientes requisitos:

a) Que el destinatario sea persona física y utilice la vivienda a que se refieren las obras para su uso particular, o sea una comunidad de propietarios.

b) Que la construcción o rehabilitación haya concluido al menos dos años antes del inicio de las obras.

c) Que la persona que realice las obras no aporte materiales o, su coste no exceda del 40 por ciento de la base imponible de la operación

8%10%
Ejecuciones de obra sobre edificaciones destinadas principalmente a viviendas, incluidos locales, anejos, garajes e instalaciones complementarias.

Precisión: Se considerarán destinadas principalmente a viviendas, las edificaciones en las que al menos el 50 por ciento de la superficie construida se destine a dicha utilización.

1º. Las ejecuciones de obras consecuencia de contratos directamente formalizados entre el promotor y el contratista que tengan por objeto la construcción o rehabilitación8%10%
2º. Las ventas con instalación de armarios de cocina y de baño y de armarios empotrados, consecuencia de contratos directamente formalizados con el promotor de la construcción o rehabilitación8%10%
3º. Las ejecuciones de obra consecuencia de contratos directamente formalizados entre las Comunidades de Propietarios y el contratista que tengan por objeto la construcción de garajes complementarios en terrenos o locales comunes, con un máximo de 2 plazas por propietario8%10%
TIPOS SUPERREDUCIDOS (artículo 91.Dos Ley 37/1992)
Entregas de bienes (14)
1º. El pan común; harinas panificables; leche natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo; los quesos, los huevos, las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, que tengan la condición de productos naturales según el Código Alimentario4%4%
2º. Los libros, periódicos y revistas que no contengan única o fundamentalmente publicidad y, elementos complementarios que se entreguen conjuntamente. Se incluyen los álbumes, partituras, mapas y cuadernos de dibujo, excepto los artículos y aparatos electrónicos4%4%
Libros, periódicos y revistas digitales que no contengan única o fundamentalmente publicidad21%21/4% (15)
Se excluyen:

“Los objetos que, por sus características, solo pueden utilizarse como material escolar”

4%21%
3º. Medicamentos de uso humano, formas galénicas, fórmulas magistrales y preparados oficiales

Sustancias medicinales, principios activos y productos intermedios utilizados en su obtención

4%

4%

4%

4%/21% (16)

4º. Los vehículos para personas con movilidad reducida y las sillas de ruedas para su uso exclusivo. Vehículos a motor que transporten habitualmente a personas con discapacidad en sillas de ruedas o con movilidad reducida4%4%
5º. Prótesis, órtesis e implantes internos para personas con discapacidad4%4%
6º. Las viviendas de protección oficial de régimen especial o de promoción pública, cuando las entregas se efectúen por sus promotores, incluidos los garajes (con un máximo de dos unidades), y anexos situados en el mismo edificio que se transmitan conjuntamente4%4%
Prestaciones de servicios
1º. Los servicios de reparación de los vehículos para personas con movilidad reducida y de las sillas de ruedas. Servicios de adaptación de los autotaxis y autoturismos y de los vehículos a motor, para transportar personas con discapacidad4%4%
2º. Los arrendamientos con opción de compra de viviendas de protección oficial de régimen especial o de promoción pública, incluidas las plazas de garaje, con un máximo de dos unidades, y anexos en ellos situados que se arrienden conjuntamente4%4%
3º. Los servicios de teleasistencia, ayuda a domicilio, centro de día y de noche, y atención residencial en plazas concertadas o mediante precios derivados de un concurso administrativo o consecuencia de prestación económica que cubra más del 10% del precio (17)4%4%
4º. Servicios de transporte, almacenamiento y distribución relacionados con las entregas de productos sanitarios para diagnóstico in vitro de la COVID-19 y vacunas contra la COVID-190% (18)

(1)
También ejecuciones de obra que sean prestaciones de servicios cuyo resultado sea la entrega de alguno de estos bienes (artículo 91. Tres).
(2)
Desde el 1-1-2021 tributan al 21%.
Ver Texto
(3)
Desde el 1-9-2012 hasta el 31-12-2014 tributan al 10%; a partir del 1-1-2015 se aplica el 21%.
Ver Texto
(4)
Monturas para gafas graduadas: Desde el 1-1-2015 hasta el 28-6-2017 tributan al 21%; a partir del 29-6-2017 tributan al 10%.
Ver Texto
(5)
Desde 23-4-2020 hasta 30-4-2021 tributan al 0%.
Ver Texto
(6)
Desde el 19-11-2020 al 31-12-2021 se aplica el 4%.
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(7)
Desde el 24-12-2020 hasta el 31-12-2022 tributan al 0%.
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(8)
Desde el 1-9-2012 hasta el 31-12-2012 tributan al 4%; a partir del 1-1-2013 se aplica el 10%.
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(9)
Desde el 1-9-2012 hasta el 31-12-2014 tributan al 21%; a partir del 1-1-2015 se aplica el 10%.
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(10)
Desde el 1-9-2012 hasta el 25-1-2014 tributan al 21%; a partir del 26-1-2014 se aplica el 10%
Ver Texto
(11)
Desde el 1-9-2012 hasta el 28-6-2017 tributan al 21%; a partir del 29-6-2017 tributan al 10%.
Ver Texto
(12)
Desde el 1-9-2012 hasta el 31-12-2018 tributan al 21%; a partir del 1-1-2019 tributan al 10%.
Ver Texto
(13)
Desde el 1-9-2012 hasta el 4-7-2018 tributan al 21%; a partir del 5-7-2018 tributan al 10%.
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(14)
También ejecuciones de obra que sean prestaciones de servicios cuyo resultado sea la entrega de alguno de estos bienes, excepto las VPO de régimen especial o promoción pública (artículo 91.Tres).
Ver Texto
(15)
Desde el 1-9-2012 hasta el 22-4-2020 tributan al 21%; a partir del 23-4-2020 se aplica el 4%.
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(16)
Desde el 1-9-2012 hasta el 31-12-2014 tributan al 4%; a partir del 1-1-2015 se aplica el 21%.
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(17)
Desde el 6-11-2010 hasta el 5-7-2018 la prestación económica debía cubrir más del 75% del precio.
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(18)
Desde el 24-12-2020 hasta el 31-12-2022 tributan al 0%.