JS nº 1 Toledo 22-1-2018, EDJ 29586
| Retractación del empresario |
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| – la retractación es la decisión empresarial unilateral de querer dejar sin efecto el despido ya comunicado y hecho efectivo. – Es válida cuando se produce:
– si la retractación es válida la relación laboral se reanuda; por lo que siel trabajador no se reincorpora, puede ser sancionado por falta de asistencia al trabajo, o la inasistencia ser considerada dimisión; – no es válida la retractación del empresario cuando se produce sin aceptación del trabajador una vez extinguida la relación laboral, por lo que el rechazo del trabajador a la readmisión no supone dimisión (TS 20-11-14, EDJ 228379). |
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Dimitió y ahora se arrepiente
Retractación. Uno de sus empleados le entregó una carta de baja voluntaria. Recuerde que, en estos casos, el trabajador debe concederle el plazo de preaviso que marque su convenio. De lo contrario, usted puede descontarle del finiquito un día de salario por cada día de preaviso no respetado.¡Atención! No obstante, antes de llegar a la fecha de efectos de su baja, el afectado le ha comunicado que se retracta de su dimisión y que quiere seguir trabajando. Pues bien:
- Dicha retractación es válida siempre que se produzca dentro del plazo de preaviso. Apunte. Dado que el contrato sigue vigente, su empleado es libre de decidir si quiere seguir trabajando. En todo caso, exíjale que le comunique la retractación por escrito.
- Usted no podrá negarse a mantener a su empleado. ¡Atención! Si llegada la fecha en que la dimisión iba a surtir efectos usted tramita la baja de su empleado, dicha baja se convertirá en un despido improcedente y deberá abonar la máxima indemnización.
Su empleado puede retractarse de su dimisión siempre que lo haga durante el plazo de preaviso.